DATOS DE INTERÉS DEL PROCESO SELECTIVO
La Oferta de Empleo Público (OEP)
El BOE del 12 de julio de 2023 ha publicado la oferta de empleo público de 2833 plazas de Policía Nacional. De este total, 2458 plazas son de Escala Básica y se reservan 491 plazas para militares profesionales de tropa y marinería con al menos cinco años de servicio tal y como se anota en el acuerdo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 8/2006, de 24 abril, de Tropa y Marinería.
Las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería, mencionadas en el párrafo anterior, que no sean cubiertas se acumularán a las autorizadas por oposición libre en el artículo anterior en la Escala Básica de la Policía Nacional.
Además, la oferta incluye también 150 plazas libres para la Escala Ejecutiva y otras 225 plazas de promoción interna, esta vez para la categoría de Subinspector.
Ver más en el siguiente enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2023/07/12/pdfs/BOE-A-2023-16190.pdf
La convocatoria para la oposición
Estamos esperando a su próxima publicación en el BOE.
Requisitos para poder participar en la oposición
- Nacionalidad española.
- Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
- No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- No hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional.
- Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
- Estatura mínima: 1,65 los hombres y 1,60 las mujeres.
- Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
- Título de Bachiller o equivalente.
Exentos del pago de la tasa de examen
1.- Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
Serán requisitos para el disfrute de la exención, que en el plazo de que se trate no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en computo mensual, al salario mínimo interprofesional.
2.- Quienes sean miembros de familia numerosa clasificada en la «categoría especial».
3.- Las víctimas del terrorismo, entendiendo como tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
Las personas exentas del pago de tasa deberán presentar los documentos acreditativos de la exención dentro del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso.
Bonificaciones en el pago de la tasa de examen
Tendrán una bonificación del 50 % en el pago de la tasa por derechos de examen, quienes acrediten ser miembros de familia numerosa clasificada en «categoría general», por lo que el importe de la tasa será́ de siete euros con sesenta y cuatro céntimos (7,64 €).
Las personas que tengan derecho a la bonificación deberán presentar los documentos acreditativos de la bonificación dentro del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso.
Exclusiones médicas
Le recomendamos que revise el Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional. Podrá descargar dicho cuadro médico desde la sección «NOTICIAS». En caso de duda, acuda a su médico especialista con dicho cuadro médico.
¿Puedo entrar con tatuajes visibles?
Sí, pero con determinados matices: los tatuajes no deben ser ofensivos, ostentosos ni deben contener tratamiento gráfico o textual discriminatorio.
¿Puedo entrar con gafas o lentillas?
Debes cumplir el mínimo de visión exigible en las bases de la convocatoria que viene siendo aproximadamente de 1/3 de la visión habitual.
Agudeza visual lejana: se exige una agudeza visual mínima sin corrección de 0,6 en caja ojo, medición individual.
¿Puedo entrar con lente intraocular u operado de la vista?
No. Con relación a las técnicas de corrección refractiva, se deberá considerar este apartado en función del resultado de la cirugía refractiva córnea, y habiéndose realizado la cirugía al menos 60 días antes del reconocimiento.
No se admiten lentes fáquicas (el Tribunal Supremo ha suspendido cautelarmente esta exclusión).
¿Puedo entrar si soy daltónico?
No, estarías plenamente excluido.
En cuanto a la visión cromática, se establece que no se admitirán discromatopsias, determinadas mediante las tablas de Ishihara u otros medios diagnósticos.
¿Puedo entrar si tengo los pies planos?
Depende de tu grado de curvatura, si son completamente planos estarías excluido.
Debes presentar un informe médico emitido por tu especialista indicando que no afecta a la función policial.
¿Puedo entrar si he sido operado de alguna extremidad?
Sí, no hay problema en tanto no te limite funcionalmente.
Las operaciones de grado estético no afectan en absoluto al reconocimiento.
Te recomendamos que presentes un informe médico.